La donación de órganos es un tipo de venta, en el sentido no comercial de dar un bien (un sentido no recogido por la etimología aunque creable de forma adecuada), pero incluso la comercial podría ser bien aprobada si se la manejara bien, por ejemplo, con un fondo gubernamental que recibiera aportes públicos y privados y que se desempeñe por orden de llegada, salvo urgencias. Tendría que ser honrado y no siempre lo sería, por lo que habría que sancionarle bien la depravación.